viernes, 7 de noviembre de 2008

Ley de Sanidad de 24 de julio de 2008


Lei 8/2008, do 10 de xullo, de saúde de Galicia.

21 Preguntas:

  1. Anónimo dijo...
  2. Eu tiña unha pregunta sobre os permisos.
    Traballo nun contrato temporal no CHUS, e apunteime para a OPE SACYL en Castela Leon, cantos días podo perdir para asistir ao exame?¿

    Grazas

  3. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  4. Só se conceden estos permisos no caso de procesos selectivos convocados polo Sergas ou polas Entidades Públicas personificadas dependentes da Comunidade Autónoma ou pola Caonsellería de Sanidade e Servicios Sociais, durante os días da súa celebración.O desfrute destes permisos estará limitado a un máximo de catro días ó ano. Un saludo.

  5. Anónimo dijo...
  6. grazas

  7. Anónimo dijo...
  8. Hola, no se si corresponde en esta entrada, o teneis una zona habilitada para preguntas.

    En todo caso, tengo dos preguntas relativas a la reducción de jornada:
    1- cuando uno está de baja se considera a efectos de jornada neutro, es decir como si se trabajara, pero si estás en una reducción ¿el tiempo de reducción correspondiente a ese tiempo de baja se considera disfrutado?

    2- la distribución del tiempo de reducción de jornada hay que comunicarla de modo anual, o puedo hacerlo mes a mes?

    Gracias

  9. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  10. Carmen, cuando estás con una reducción de jornada el tiempo en IT cuenta como neutro a todos los efectos tanto a nivel de tiempo trabajado como de disfrute.
    Por otro lado, en el Sergas lo que se está haciendo con respecto a la comunicación de la reducción de jornada, es solicitarlo al comienzo de la misma y no volver a hacerlo hasta que uno decide reincorporarse a la jornada normal.Un saludo.

  11. Anónimo dijo...
  12. Hola, en primer lugar agradecer la respuesta.

    No me queda claro el término neutro, es decir por ejemplo el mes de octubre tengo una jornada programada de 200horas, estoy de baja todo el mes, se considera a efectos de computo de jornada como neutro es decir como si realizara efectivamente esas 200hs,pero ese mes no disfrute la reducción ya que no la solicité, el caracter neutro se entiende entonces como si las disfrutara por lo que me decis, no? entonces a efectos de computo sería en vez de 200hs, 142 hs, no?

    La pregunta al respecto de la solicitud era en el sentido de la distribución de la reducción en cartelera, es decir, a principios de año he de comunicarle a la empresa los días de todo el año en los que voy a disfrutar la reducción?¿

    Gracias por la ayuda por adelantado.

    Carmen

  13. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  14. Para aclarar términos:
    -Reducción de jornada de 1/3 es de 1/3 sobre la jornada anual efectiva(la que tenga cada uno a lo largo del año).
    Esta reducción requiere una nueva cartelera anual, en la que conste dicha reducción y la distribución mensual ya que como nos dices en tu ejemplo la primera conclusión que sacamos es que con una jornada de 200h mensuales no puedes ni siquiera disfrutar los libres mínimos reglamentarios ya que estarías en una jornada de 50h semanales y la media en el Sergas es de 37,5.
    Así como cuando estás en situación de IT se te atribuye de acuerdo con las horas que efectivamente realizas(reducción de jornada), como acualquier trabajador del Sergas los libres semanales, descanso entre jornadas y festivos quedan subsumidos por la IT.
    Reducción de jornada pues, no significa que te den unos días libres a mayores, si no que significa que tienes derecho a una nueva cartelera anual con menos horas.Para todas las incidencias que sucedan a partir de aquí se cumplen los mismos requisitos que para todos los demás trabajadores del Sergas.Un saludo.

  15. Anónimo dijo...
  16. Ok!
    Muchas gracias, aunque no me parece justo que la distribución sea anual en un turno rotatorio complejo ya de por si penoso para la conciliación de la vida familiar.

    Saludos

  17. Anónimo dijo...
  18. ¿QUE ES UNA REDUCCION DE JORNADA?
    GRACIAS, ES PARA UN TRABAJO SOBRE LOS ERES QUE ME HAN MANDADO EN EL INSTITUTO, Y NO LO ENCUENTRO POR NINGUNA PARTE.

  19. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  20. Es un derecho no retribuido de los trabajadores. Los sujetos causantes de esa reducción son: menores de 12 años sobre los que el titular tenga la guardia legal y cuidado directo, persona mayor que requiera especial dedicación o persona con discapacidad que no desenvuelva actividad retribuida. La reducción dependiendo del régimen jurídico al que pertenezca el trabjador será de 1/8, 1/3 ó 1/2. Un saludo.

  21. Unknown dijo...
  22. Buenas tardes:
    Yo tengo una plaza en propidad en el Sergas como especialista.
    Este año me casé y cogí los 15 días de matrimonio¿cómo cuentan a efectos de cómputo anual de horas? ¿como vaciones o como LD?? pues la situación es muy diferente
    Gracias de antemano
    Un saludo

  23. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  24. Sara, el permiso de matrimonio es una licencia retribuida, a efectos de cómputo de jornada cuenta como tiempo trabajado. Un saludo.

  25. Anónimo dijo...
  26. Buenas noches,
    tengo un familiar que es personal estatutario del Sergas (servicio de limpieza). Su marido está gravemente enfermo y querría coger una reducción de jornada para poder atenderle. Según la ley 55/2003, Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, es de aplicación la ley concilia en materia de solicitud y horario. Esta ley también hace referencia a que serán de aplicación los supuestos establecidos para los funcionarios públicos en las normas aplicables en la correspondiente CCAA pero no encuentro la ley correspondiente a Galicia. Por otro lado, algunas CCAA como Catalunya, mejoran este derecho para algunos supuestos y permiten la reducción de jornada durante el primer año sin que afecte a la retribución y además, permiten compactar el tiempo de reducción durante el primer año. A partir del segundo, en caso de mantener la reducción, si que se ajusta el sueldo al tiempo efectivo de trabajo. Quiero saber, en definitiva, si hay alguna ley específica para Galicia a este respecto y si se contempla esta posibilidad. Grazas. (perdonad que no escriba en gallego, yo soy catalana :-)

  27. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  28. Lo primero que tenemos que saber es si realmente es personal estatutario, ya que el servicio de limpieza del Sergas es una subcontrata con convenio propio.En el caso de ser estatutaria podría solicitar una reducción de jornada de 1/3 o 1/2 con la consiguiente reducción retributiva.Un saludo.

  29. Anónimo dijo...
  30. hola,

    gracias por vuestra respuesta. Me consta que es personal estatutario (no estoy segura de que trabaje en el servicio de limpieza).

    Saludos
    Yolanda

  31. Anónimo dijo...
  32. SOY DUE EN EL CHOP , SI REALIZO 55 NOCHES ME CORRESPONDEN 55 SALIENTES DE NOCHE,130 M/T,30 DIAS VACACIONES,9 LD,86LIBRES,REALIZANDO UNA JORNADA EFECTIVA DE 1460H.
    PARA COGER LOS 9 LD ME PUEDEN HACER TRABAJAR 1523H ES DECIR LAS 63H DE LOS LD.

  33. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  34. Con 55 noches, te corresponde una jornada anual efectiva de 1453 horas, 129M/T, 87 días libres, 9 LD y los 30 días de vacaciones.Nunca el disfrute de los 9 LD puede aumentar tu jornada, ya que están incluidos en la jornada que te corresponde.Un saludo.

  35. Anónimo dijo...
  36. soy ats, mi hija va a tener un bebe tengo derecho a algun dia ?tengo plaza en propiedad, desde el 19.graciñas75

  37. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  38. En principio si es parto natural no tienes derecho a ningún día, ahora bien, si le practican una cesarea, por intervención quirúrgica tendrías derecho a tres días si se produce dentro del mismo área y a cinco días si es fuera del área sanitaria.Un saludo.

  39. alicia dijo...
  40. hola tengo una plaza en propiedad como fea en extremadura quisiera saber si me puedo presentar al concurso de trslados de la ope 2009 y que tengo que hacer

  41. Secretaría de Sanidad de la FSP-UGT de Galicia dijo...
  42. El único requisito que tienes que cumplir es llevar un año con plaza en propiedad.En principio piensan convocar el traslado antes de finales de año.Un saludo.